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Ley Lucio: Transformar el dolor en lucha

Tras su aprobación en el Senado el pasado 13 de abril, este miercoles 3 de mayo, el Gobierno nacional promulgó la Ley Lucio, que busca prevenir las situaciones violentas y abusivas contra las infancias y cuyo tratamiento se dio tras el terrible asesinato de Lucio Dupuy de tan sólo 5 años.
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Seguramente este es un caso que quedará en la memoria colectiva de los y las argentinas dada la magnitud y la conmoción que generó aquella noticia en 2021: Lucio fue golpeado hasta morir por su madre y su pareja en Santa Rosa, La Pampa.

Pero conforme pasaron los días a la aberrante noticia, se fueron conociendo datos que engrandecían la conmoción: al menos cinco ingresos del niño al de la capital provincial para atenderse diferentes heridas y alertas lanzadas por la familia paterna del menor. Todo ello, pasado totalmente por alto por los agentes del Estado y que bien podrían haber evitado la gravedad de la situación.

En febrero de este año, la madre del niño, Magdalena Espósito Valenti, fue condenada por homicidio triplemente calificado, mientras que su pareja, Abigail Páez, sumó el probado delito de abuso sexual, y ambas fueron condenadas a prisión perpetua.

La Ley

La normativa, que tiene como finalidad establecer capacitaciones continuas, permanentes y obligatorias en materia de derechos de los niños, niñas y adolescentes, salió publicada este miercoles 3 de abril en el Boletín Oficial bajo el decreto 253/2023 y las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.

Cabe resaltar que dichas capacitaciones están apuntadas a que las realicen aquellos profesionales que se desempeñan en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, con la finalidad de generar las acciones necesarias para evitar que niños y niñas sean sometidos a situaciones de violencia y abusos que pongan en riesgo su integridad.

Además, podrán recibir las capacitaciones los agentes de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad de aplicación de la ley.

Ahora, la autoridad de aplicación, es decir la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), dependiente de Desarrollo Social, tiene un plazo de seis meses para elaborar los contenidos del Plan Federal de Capacitación que contempla la norma.

En este sentido, la Secretaría deberá brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de esta ley a través de un medio accesible con “indicadores cuantitativos, cualitativos, estadísticas y evaluaciones sobre el impacto de las capacitaciones realizadas”.

Finalmente, entre los ejes principales de la ley se encuentran el de protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, la creación de campañas de concientización y la asignación de un presupuesto específico a la Senaf para desarrollar estas tareas.

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Director

Eduardo Huaity González

Salvador® es una publicación de
Editorial ABC S.R.L.
Gral Güemes 1717
Salta, Argentina